
En su última sesión antes de la entrada en vigor de la reforma judicial que eliminará las salas, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles diversos asuntos con impacto directo en derechos sociales, laborales, educativos y fiscales.
Uno de los casos más relevantes fue el amparo directo en revisión 2277/2025, en el que por mayoría de tres votos se declaró constitucional el artículo 90 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California. Esta disposición establece la prescripción del derecho de las personas trabajadoras a recibir las cuotas que aportaron durante su vida laboral, cuando no tengan derecho a una pensión.
La ministra Lenia Batres Guadarrama fue la única en votar en contra, al señalar que la medida constituye una “confiscación” de las aportaciones hechas por los trabajadores. “Con un criterio progresista, deberíamos considerar inconstitucional esta especie de confiscación y no declarar prescriptible ese ahorro”, sostuvo, en contraste con el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, aprobado por mayoría.
Otro fallo que generó polémica fue el amparo en revisión 63/2025, a favor del exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova Vianello. Por mayoría, la Sala ordenó a la Secretaría de Educación Pública abstenerse de distribuir el libro de texto “Proyectos Comunitarios” y suprimir la frase que señala que, en 2015, Córdova “se mofa de los representantes de las naciones originarias”. El proyecto del ministro Javier Laynez fue respaldado por los ministros Alberto Pérez Dayán y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Batres cuestionó la decisión al considerar que antepuso el prestigio individual sobre derechos colectivos como el acceso a la información, la verdad y la educación libre de discriminación.
En materia minera, el amparo en revisión 123/2025 —también de Laynez— que buscaba revertir el rechazo a una concesión minera, fue desestimado por mayoría de tres votos, con el argumento de que está pendiente una acción de inconstitucionalidad en el Pleno sobre la Ley Minera promulgada en mayo de 2023. El expediente se returnó para nuevo análisis.
En otro caso, el recurso de reclamación 158/2025, que proponía confirmar una deducción fiscal por 4,442 millones 423,090 pesos a favor de la empresa Pegaso PCS, S.A. de C.V., quedó sin resolución definitiva tras un empate en la votación. El asunto será resuelto por la nueva integración de la SCJN.
Como resolución destacada, por unanimidad se concedió el amparo en revisión 170/2025, impulsado por la ministra Batres, a una mujer indígena zapoteca, para que el Gobierno de Oaxaca traduzca íntegramente a su lengua originaria la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la difunda en comunidades hablantes, mediante textos, materiales audiovisuales y medios digitales. La decisión reconoce derechos lingüísticos y busca fortalecer la igualdad sustantiva como herramienta para erradicar la violencia de género y la discriminación estructural.
Con estas determinaciones, la Segunda Sala cerró un ciclo de más de tres décadas de trabajo, dejando pendientes y precedentes que ahora quedarán en manos de la nueva estructura judicial.

La ministra del pueblo tiene mucha informacion que sera la base para dar solucion a algunos casos que a la vista tienen un toque de corrupción por parte de los ministros salientes, que se investigue y si es posible carcel para estos ministros traicioneros