Tv Azteca de Ricardo Salinas pretendía apropiarse de la palabra ‘azteca’; Indautor, tribunales y Suprema Corte le niegan registro

Comparte la nota
  • Tras múltiples reveses administrativos y judiciales, la Corte cerró la vía legal para que la empresa de Salinas Pliego monopolice el vocablo. El ministro presidente Hugo Aguilar determinó que un gentilicio no puede obtener reserva de derechos

México; 10 de diciembre 2025.— La disputa iniciada por una empresa de Ricardo Salinas Pliego para obtener el uso exclusivo del término “azteca” con fines periodísticos terminó sin éxito, luego de que este fin de semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el asunto no amerita revisión constitucional.

La decisión provino del ministro presidente, Hugo Aguilar, quien resolvió que la solicitud de Tv Azteca no cumplía con los criterios para ser atraída por el máximo tribunal, al tratarse únicamente de “asuntos de legalidad” que no justifican un análisis constitucional. Con ello, quedó firme la negativa inicial del Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) para conceder el registro del vocablo.

Quería exclusividad para uso en contenidos digitales

El acuerdo emitido por la Corte precisa: “Se informa a la recurrente que contra el auto que desecha el recurso de revisión, en amparo directo no procede medio de impugnación, por lo que la presente determinación causa estado por ministerio de ley”. Esta notificación selló el cierre de la vía judicial para la televisora, que desde un inicio buscaba la reserva de derechos de la palabra “azteca” para su uso en contenidos digitales de carácter informativo.

El procedimiento comenzó con la negativa del Indautor, que concluyó que el término no era registrable. La empresa llevó el caso ante la sala especializada en propiedad intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, pero ahí también se confirmó el rechazo. Posteriormente, Tv Azteca promovió un amparo directo alegando violaciones a sus derechos, así como una interpretación incorrecta del artículo 188 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Pese a esos argumentos, el cuarto tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito resolvió que la televisora no podía recibir la protección federal, al determinar que “azteca” es un gentilicio y, por tanto, una palabra referida al origen o procedencia, categoría que la ley no permite registrar como reserva de derechos.

Negativa rotunda

Finalmente, la compañía presentó ante la Suprema Corte un recurso de revisión el 27 de noviembre, el cual fue desechado al día siguiente, cerrando de manera definitiva la posibilidad de explotar en exclusiva el término como pretendía una de las empresas de Ricardo Salinas Pliego, empresario que, dicho sea de paso: enfrenta juicios y sentencias por deudas de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria por alrededor de 74 mil millones de pesos.

Foto: Cortesía

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *