Organizaciones piden a Tribunal de Nuevo León retirar exhibición de cigarros, por una infancia saludable

Comparte la nota
  • El litigio involucra a la cadena OXXO. Organizaciones advierten que la estrategia visual de la industria tabacalera normaliza el consumo entre niñas, niños y adolescentes; señalan la exhibición junto a golosinas y refrescos

Monterrey, Nuevo León; 11 de febrero de 2026.— La decisión de retirar o mantener la exhibición visible de cajetillas de cigarros en tiendas de conveniencia quedó en manos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, instancia a la que organizaciones de la sociedad civil solicitaron garantizar el derecho a la salud de niñas, niños y adolescentes frente a estrategias de marketing de la industria tabacalera.

Las organizaciones dirigieron su petición a la magistrada Cynthia Cristina Leal Garza, al magistrado Rogelio Cepeda Treviño y al magistrado presidente Roberto Rodríguez Garza, al advertir que la exhibición de productos de tabaco constituye una forma de publicidad que normaliza una adicción responsable de más de 63 mil muertes anuales en México.

El caso reviste interés público debido a que deriva de un juicio promovido por la cadena comercial OXXO, que cuenta con miles de establecimientos en todo el país, lo que podría sentar precedentes en la regulación de la publicidad de productos de tabaco en puntos de venta.

La decisión es vital en salud pública

Desde la perspectiva de Salud Justa Mx, la resolución del tribunal tendrá implicaciones clave para la política de control del tabaco. Erick Antonio Ochoa, director de la organización, señaló que “la decisión judicial que tomarán los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito (Monterrey, NL) es vital para los intereses de salud pública. Es la primera sentencia en esa instancia colegiada para que Oxxo retire o mantenga la exhibición de las cajetillas de cigarros en puntos de venta, una forma de publicidad si se siguen puntualmente las obligaciones del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT) y las Directrices para la aplicación del Artículo 13 del CMCT, donde se marca de manera clara que la exhibición de los productos es una forma de publicidad”.

El coordinador legal de la organización, Maximiliano Cárdenas, sostuvo que “la resolución del amparo de Oxxo, será decisiva para garantizar que la política de control del tabaco cumpla su objetivo constitucional de proteger la salud y los derechos de la población”. Además de que “del seguimiento de este asunto, se destaca la cuestionable resolución por la que un Juez otorgó la suspensión provisional en este caso. La decisión que adopte el Tribunal es muy importante pues además de su impacto, puede definir criterios para la regulación de la publicidad de productos de tabaco en establecimientos de gran alcance”.

Falta clara interpretación del RLGCT

Desde la entrada en vigor de la reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (RLGCT), el monitoreo permanente de Salud Justa Mx a los amparos promovidos en materia de prohibición de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, han dado como resultado la identificación de 45 sentencias relacionadas con publicidad de productos de tabaco, lo que evidencia una falta de criterios claros y consolidados en el Poder Judicial sobre la interpretación y aplicación de las disposiciones que contiene dicho Reglamento.

La oficial de incidencia legislativa de la organización, Claudia Moreno Torres, consideró que: “el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito (Monterrey, NL) tiene hoy la oportunidad de poner un alto al avance de las estrategias de marketing de la industria tabacalera. Permitir la exhibición visible de productos de tabaco en los puntos de venta representa abrir la puerta a una generación más expuesta a la adicción desde la infancia, privilegiando intereses económicos por encima del derecho a la salud”.

Estrategia visual para las niñas y los niños

Añadió que “Exhibir cigarros al lado de dulces no es libertad comercial, es una estrategia visual diseñada para captar a las y los menores. Hoy el Poder Judicial enfrenta una decisión clara: proteger a las infancias o proteger a corporaciones que lucran con la adicción. Es urgente que el tribunal actúe con perspectiva de derechos y envíe un mensaje contundente: en México, la salud pública está por encima del marketing del tabaco”.

Desde el ámbito académico, el profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México, Marco Arellano Toledo, explicó que: “la actividad publicitaria no se limita al anuncio tradicional, sino también se expresa a través de la disposición espacial, la visibilidad del producto y su proximidad física con el consumidor. En las tiendas de conveniencia, la exhibición de productos de tabaco se localiza de manera sistemática en la zona caliente, detrás del mostrador, a la altura de los ojos del consumidor adulto y en paneles amplios organizados por marca, color y presentación”.

Efectos nocivos de la exhibición

Destacó que “la evidencia internacional muestra que esta forma de exhibición incrementa la probabilidad de compras no planificadas, dificulta los intentos de abandono del consumo y amplía la exposición de menores de edad por su adyacencia a productos disfrutables para los menores como lo son las golosinas, las frituras y los refrescos”.

En el contexto de la renovación del Poder Judicial, las organizaciones advirtieron que la resolución será una prueba sobre la prioridad otorgada a la salud pública. Erick Antonio Ochoa concluyó: “en esta nueva etapa del Poder Judicial de la Federación sabremos si los intereses de salud pública están por encima de intereses económicos, si valió la pena renovar jueces y magistrados en beneficio de una justicia que está para la protección de los derechos de las y los más vulnerables”.

Datos clave del caso

  • El caso involucra a una cadena con presencia de miles de tiendas en todo el país, lo que podría establecer precedentes judiciales sobre la regulación del marketing de productos de tabaco.
  • Más de 63 mil muertes anuales en México se atribuyen al consumo de tabaco.
  • Se han identificado 45 sentencias sobre publicidad de tabaco tras la reforma al RLGCT.

    Foto: Cortesía

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *