Presidenta Sheinbaum presenta propuesta de reforma Constitucional para simplificar, optimizar y posponer la elección judicial al 2028

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Prioriza la facilidad del voto, propone empatar la elección del Poder Judicial con la revocación de mandato, se reduce a solo dos candidatos por cargo y separa los comicios de la saturada jornada electoral intermedia de 17 estados en 2027

México; 18 de mayo 2026.— En el marco de la conferencia matutina “La Mañanera del Pueblo”, encabezada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, el Gobierno Federal presentó una propuesta de reforma constitucional clave orientada a modificar los tiempos y mecanismos de la próxima elección judicial en el país, misma que enviará este lunes a la Cámara de Diputados.

La exposición de los detalles técnicos y los ejes de esta iniciativa estuvo a cargo de la Consejería Jurídica de la Presidencia, detallando una estrategia para facilitar el sufragio ciudadano y resolver las complicaciones logísticas observadas en procesos anteriores.

El cambio medular de la reforma es la recalendarización de los comicios ya que la jornada electoral judicial originalmente prevista para 2027 se trasladará al domingo 4 de junio de 2028, además de simplificar la votación.

“Más que el costo es la facilidad para elegir”: Claudia Sheinbaum

Durante su intervención, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo enfatizó que la prioridad de esta propuesta es asegurar una experiencia democrática accesible y eficiente para toda la población, evitando la saturación de los centros de votación en un año de alta competencia política local y federal.

“Esta es la propuesta que estamos haciendo, como ven es mover la elección al poder judicial del 2027 al 2028 en caso de que haya revocación de mandato en 2028 se hace el mismo día y en la misma casilla; y hay algunas modificaciones que se hacen para facilitar la boleta por las características que tuvo la votación del 25 de tal manera que sea más sencillo para las y los electores”, además de que habría una Comisión única coordinadora donde estén integrados los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.

Explicó detalladamente que la coincidencia en 2027 con elecciones masivas —donde se renovarán legislaturas locales, la Cámara de Diputados federal y la gubernatura en 17 estados de la República— obligaba a separar físicamente las casillas del Poder Judicial de las ordinarias debido a que los partidos políticos no pueden intervenir en el proceso judicial, y habría que trasladarse a otro punto a participar en la otra elección.

Ejes técnicos de la reforma presentados por la Consejería Jurídica

La información gráfica de la propuesta detalla modificaciones estructurales diseñadas para agilizar las postulaciones y la votación en las urnas:

Cambio de fecha y cargos a renovar: Con el traslado de la fecha al 4 de junio de 2028, se establece además que los procesos subsecuentes (2030, 2033, 2036, etc.) mantendrán su concurrencia ordinaria para cubrir las vacantes que surjan. En la gran jornada de 2028 se renovarán 4 magistrados electorales de la Sala Superior del TEPJF, 463 magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito y 385 jueces de Distrito; en los Poderes Judiciales locales: 424 magistrados y 2 mil 831 jueces pertenecientes a 25 estados.

Se integrará una sola Comisión Coordinadora conformada por tres personas (una elegida por los comités de cada uno de los tres Poderes de la Unión). Este órgano centralizado tendrá como objetivos homologar las metodologías y unificar criterios de evaluación, verificar el cumplimiento de los requisitos formales de elegibilidad de todos los aspirantes y diseñar los exámenes de conocimientos.

Bajo la premisa de no saturar las boletas, los comités evaluarán conocimientos, competencias y antecedentes para seleccionar únicamente a las 4 personas mejor evaluadas por cargo, por lo que serán menos candidatos. Posteriormente, mediante un proceso de insaculación pública obligatoria y observando estrictamente la paridad de género, la lista se reducirá de forma definitiva a 2 candidaturas por cargo y especialidad. Las reducciones globales de candidatos por organismo quedan estructuradas de la siguiente manera: SCJN: De 81 a 54 candidatos; Tribunal de Disciplina Judicial: De 45 a 30 candidatos; Salas Regionales del TEPJF: De 63 a 42 candidatos.

A fin de erradicar la complejidad en la casilla, cada elector votará estrictamente por un juez y un magistrado para cada una de las especialidades (Administrativa, Civil, Penal, Trabajo y Mixto), seleccionando entre las candidaturas postuladas por los tres Poderes. El diseño gráfico de las boletas distinguirá explícitamente el origen de cada postulación, incluyendo de forma nítida a los magistrados y jueces en funciones que opten por la reelección. Para dar soporte a este esquema, el Instituto Nacional Electoral (INE) realizará una redistribución del territorio en los distritos judiciales indispensables.

El Tribunal de Disciplina, en estrecha coordinación con la Escuela Judicial, implementará planes obligatorios y programas de actualización permanente para la totalidad de las personas juzgadoras, quienes recibirán capacitación permanente y serán evaluadas estrictamente. Asimismo, la ley secundaria detallará los criterios y plazos correspondientes con el fin de transparentar el desempeño de sus funciones.

Se reforzarán los criterios constitucionales para que los sistemas judiciales estatales repliquen las bases organizativas federales, incluyendo etapas, plazos, requisitos y duración de los cargos. De forma mandatoria, los estados deberán adoptar comités de evaluación unificados, procesos de insaculación forzosa, reducción de candidaturas en boleta y una evaluación de desempeño rigurosa durante el primer año de ejercicio a cargo de un Tribunal de Disciplina local.

Eficiencia en la SCJN y concurrencia ciudadana

Entre otras modificaciones de alta relevancia plasmadas en la propuesta, resalta que, ante la ausencia de jueces o magistrados por fallecimiento, renuncia o destitución, el cargo se declarará oficialmente vacante y será renovado en la siguiente elección ordinaria para iniciar un periodo completo, eliminando el criterio vigente que asignaba el puesto de forma automática al segundo lugar del proceso anterior.

Asimismo, con el fin de aligerar la carga de trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y eficientar las labores de su Pleno, se proyecta la creación de dos secciones especializadas dentro de la SCJN destinadas exclusivamente al desahogo de asuntos menores.

Finalmente, la propuesta de reforma presidencial abre la puerta legal para que, en caso de solicitarse formalmente la revocación de mandato presidencial conforme al artículo 35 de la Constitución, dicho ejercicio de participación ciudadana pueda realizarse de manera concurrente en la misma fecha y casilla de la elección judicial de 2028. “Que no tiene que ser la revocación de mandato un día y luego volver a organizar todo para el poder judicial”, sintetizó la presidenta de la República.


Foto: Presidencia

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