
La Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio elimina la discrecionalidad ministerial y establece penas de hasta 70 años; crea protocolos nacionales, fiscalías especializadas y contempla medidas de protección para víctimas y familias
México; 24 de marzo 2026.— La presentación del proyecto de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio marcó el eje central de la conferencia matutina la “Mañanera del Pueblo” de este martes, encabezada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y la fiscal general de la República, Ernestina Godoy Ramos, donde delinearon los componentes y alcances de la que será la primera legislación nacional integral contra el feminicidio.
La mandataria confirmó la inminente entrega del proyecto al Senado a más tardar este miércoles: “una reforma en la que creo que todos estamos de acuerdo; no creo que haya nadie que se oponga a que la muerte violenta de una mujer sea investigada como feminicidio”, expresó contundente.
Fin de la discrecionalidad: toda muerte violenta será investigada como feminicidio
El cambio más profundo es el cierre definitivo a la impunidad por clasificaciones erróneas o manipuladas: “lo primero es que con esta ley ya no se va a dar la impunidad porque está obligado el Ministerio Público a investigar como feminicidio cualquier muerte violenta de una mujer”; “hay muerte violenta: obligación de investigar como feminicidio. Después de la investigación se ve todas las pruebas de que fue suicidio, ah bueno, después se cambia, pero de inicio ‘feminicidio’. Eso es un cambio sustantivo”.

Homologación nacional para cerrar paso a la impunidad
Por su parte, Godoy Ramos subrayó que el delito de feminicidio, al ser investigado actualmente con criterios distintos en cada entidad, genera distorsiones y vacíos procesales: “cada estado tiene determinadas categorías de razones de género y agravantes; esto en muchos casos da lugar a impunidad”. Dijo que la ley busca que todas las fiscalías apliquen un sólo modelo: “estamos buscando que todos investiguemos igual. Aquí estamos estableciendo que no pueden los ministerios públicos descartar, por ejemplo, un aparente suicidio… Tienen que investigar bajo el protocolo de feminicidio”.
Explicó que “la ley tiene 54 artículos y 40 tienen que ver con la investigación: cómo investigar, qué investigar, quiénes investigan, cuál es el perfil de quienes tienen que investigar”.
Se garantice la reparación integral
Otro elemento central será el aseguramiento de bienes del probable agresor desde los primeros actos de investigación: “cuando se determina que es feminicidio, que se ordene la investigación de todos los bienes, el patrimonio que tenga el presunto agresor, que se asegure para cuando el juez determine la reparación”, explicó Godoy, e insistió en que la reparación incluye elementos no económicos: “no solamente es el dinero; también es atención psicológica, atención para los hijos y demás”, recordó.

Investigación continua y sin interrupciones
La presidenta Sheinbaum destacó una innovación adicional: el “turno continuado”, mecanismo que garantiza que una investigación no se fragmente ni se reinicie con cada cambio de personal ministerial: “es investigación continua del caso… muchas veces es la propia familia quien testifica que la persona fue víctima de violencia, y eso tiene que ser tomado en cuenta desde el momento del inicio”, precisó.
Sostuvo que el objetivo final es claro y contundente: “erradicar el feminicidio en México: que ninguna mujer muera en manos de nadie por el sólo hecho de ser mujer, y que nunca más un feminicidio sea catalogado como suicidio culpando a la propia mujer”, afirmó.
Contenido: tipo penal, penas y agravantes
En los elementos principales de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio se describe como parte del delito tipo penal homologado que “comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”, y entre las razones de género contempla signos de violencia sexual, antecedentes de violencias previas, delito motivado por estereotipos o prejuicios y contextos de asimetría de poder.
Las sanciones van de 40 a 70 años de prisión, con multa de mil a 2 mil UMAS (entre 117 mil 310 y 234 mil 620 pesos), y por tentativa la mitad y hasta dos terceras partes de la pena.
Entre las 21 agravantes que incrementan la pena se encuentran que la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor; embarazo o discapacidad; periodistas, defensoras de derechos humanos, migrantes, cometido por servidor público y ataques con ácido o sustancias inflamables.
En cuanto a las responsabilidades adicionales, para la persona responsable se incluye la pérdida de derechos sucesorios, pérdida de tutela, curatela, guarda y custodia, pérdida de patria potestad, destitución e inhabilitación del servicio público, sin excusas absolutorias ni atenuantes, imprescriptible el delito, la sanción y la reparación y no hay criterios de oportunidad, ni libertad condicionada, ni amnistías.
Investigación del feminicidio
La investigación del feminicidio tiene como principios centrales la perspectiva de género, la aplicación obligatoria de protocolos especializados, indagatoria de antecedentes de violencia aunque no haya denuncia, evitar estereotipos de género, debida diligencia reforzada, igualdad sustantiva, y como eje central se reafirma que toda muerte violenta se investiga como feminicidio
Al describir las herramientas para la investigación y obligaciones, se estipula la investigación inmediata de oficio, el uso de productos de inteligencia, el acceso a servicios periciales, las Fiscalías locales deberán contar con unidades o fiscalías especializadas con atención continua, además de que la FGR emitirá el Protocolo Nacional Homologado de Investigación del Feminicidio y se atienda la protección reforzada a niñas, niños y adolescentes en orfandad.

Derechos de vítimas y reparación integral
El proyecto de ley que la presidenta Sheinbaum espera no tenga impedimento por parte de los legisladores para ser votado favorablemente, también plantea derechos garantizados como el acceso a la verdad y justicia, la atención médica y psicológica de urgencia, asistencia jurídica gratuita, seguridad social para niñas, niños y adolescentes, entrega digna del cuerpo de la víctima y servicios de traducción e interpretación. Esto, basado en los principios de la reparación integral transformadora, adecuada, efectiva, rápida y proporcional.
Como obligaciones adicionales los medios de comunicación y plataformas deben respetar dignidad de víctimas y todas las autoridades deben garantizar el derecho a la verdad.
Políticas de prevención y atención
A través de la Secretaria de las Mujeres, se crea la Comisión Especial y Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres, grupos de apoyo técnico a investigaciones, campañas de concientización y además se actualizan protocolos y registros.
Entre las herramientas existentes que se fortalecen se encuentran los Centros LIBRE, Centros de Justicia para Mujeres, espacios de Refugio, Línea 079 Mujeres, Alerta de Violencia de Género y Abogadas de las Mujeres, en tanto que se creará el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio y se realizará la integración nacional de datos con fiscalías e INEGI.

Fotos: Presidencia
