Corte autoriza que la Unidad de Inteligencia Financiera bloqueé cuentas sin mandatos judiciales

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Ante indicios de procedencia ilícita dentro del país, la UIF podrá congelar cuentas sin intervención del Ministerio Público, de una orden judicial o de una petición formal de gobiernos extranjeros

México; 06 de abril 2026.— El sistema financiero mexicano cuenta a partir de este lunes con un nuevo marco y criterios de vigilancia tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El Pleno determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) posee la facultad constitucional de bloquear cuentas bancarias de forma autónoma en los casos en que cuente con indicios suficientes de origen nacional sobre actividades ilícitas de blanqueo de recursos.

Bajo esa premisa, prescindirá de la intervención del Ministerio Público, de una orden judicial o de una petición formal de gobiernos extranjeros.

La determinación rompe con precedentes establecidos por anteriores integraciones de la Corte. Al resolver una acción de inconstitucionalidad y dos amparos —incluido uno vinculado a un familiar de Ismael “El Mayo” Zambada—, por mayoría del pleno se estableció que el congelamiento de activos no debe entenderse como una sanción penal sino como una medida cautelar administrativa diseñada para blindar el sistema financiero mexicano.

UIF puede mantener lista de bloqueados

Con una votación de seis contra tres, se ratificó la validez del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, precepto legal que permite a la UIF mantener y ampliar la lista de personas bloqueadas por motivos de origen nacional, validando así el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

La resolución, sin embargo, no estuvo exenta de confrontaciones jurídicas. La ministra Yasmín Esquivel Mossa manifestó su disidencia al considerar que se debió preservar el criterio previo de la Segunda Sala plasmado en la jurisprudencia 46/2018, que limitaba estos bloqueos a casos de cooperación internacional. Durante su argumentación, Esquivel señaló:

“Considero que debemos poner límites rigurosos para evitar los abusos de las autoridades. Y me parece que la única forma de hacerlo es a través de una interpretación conforme para que el bloqueo, por el momento, se utilice exclusivamente como un instrumento para cumplir compromisos internacionales del estado mexicano; pero nunca para usar esa grave perturbación de la propiedad privada a nivel estrictamente interno, mientras no existan parámetros claros en la ley que den certeza a las causas que originan la facultad bloqueadora de la UIF”.



Foto: Cortesía

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