
La propuesta del ministro Giovanni Figueroa Mejía desecha el amparo de Salinas Pliego y permite que la UIF continúe el análisis de movimientos financieros solicitados por las referencias en el caso ‘Pandora Papers’
México; 01 de abril 2026.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará un proyecto que mantendría vigente la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para obtener información patrimonial y financiera de personas y empresas, que tiene por objeto la supervisión y prevención de delitos, entre los que destacan lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. El planteamiento propone sobreseer el amparo en revisión promovido por el propietario de Grupo Salinas, Ricardo Salinas Pliego.
En caso de aprobarse en la sesión del próximo 9 de abril, la UIF conservaría la posibilidad de continuar haciendo uso y revisión de la información bancaria correspondiente a los últimos 10 años de Salinas Pliego. La solicitud a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) se realizó en diciembre del año 2021 e incluyó también a 78 empresarios más, tras aparecer en una publicación periodística que los relaciona con empresas offshore en presuntos esquemas de evación fiscal y lavado de dinero, como parte del caso ‘Pandora Papers’.
Proyecto en la Corte y alcance
Elaborado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía, el proyecto plantea revertir el amparo que en agosto de 2022 obtuvo el empresario ante el juez federal Gabriel Regis López, que fue impugnado por la Presidencia de la República, Claudia Sheinbaum Pardo y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La propuesta concluye que no existe interés jurídico en el quejoso porque la solicitud de información no representa una afectación directa o inmediata.
El planteamiento se basa en que se trata de un acto inicial sin sanciones ni bloqueo de cuentas y que, si no se detectan irregularidades, no modifica la situación jurídica del solicitante. Tampoco la filtración periodística desde la cual se conoció la solicitud constituye un perjuicio actual.
El proyecto explica que “nos encontramos ante un acto que no afecta de manera real la esfera jurídica del quejoso, pues únicamente constituye una comunicación inicial entre autoridades con el objeto de remitir información, misma que será analizada por la UIF conforme a sus facultades legales”.
IUF continuaría investigando
Los artículos 115 y 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, y 192 y 212 de la Ley del Mercado de Valores, que permiten el acceso a información financiera con fines de supervisión, fueron objeto de impugnación inconstitucionalidad por parte del empresario en su demanda; sin embargo, si la SCJN avala el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía con mayoría simple, no se pronunciará al respecto y estas normas permanecerán vigentes para que la UIF continúe su labor de inteligencia respecto al quejoso.
Cabe destacar que la Corte notificó el 17 de marzo al empresario para que presentara sus argumentos. Su abogado, Arvin Aguilar Villela, respondió en contra de “la causa de improcedencia que oficiosamente se plantea en el proyecto”, como consta en la notificación del 31 de marzo.
Fuentes judiciales señalan que el empresario pidió que el ministro conteste de manera puntual sus argumentos en el proyecto de resolución y que estos se distribuyan entre los ministros antes de votar. Se trata del amparo en revisión 492/2023 que ha permanecido cerca de tres años en trámite, con retrasos derivados de diversos recursos promovidos por el propio Salinas Pliego.
El caso generó en su momento decisiones paralelas. El 12 de marzo, la extinta segunda sala declaró impedida a la ministra Lenia Batres para participar en la resolución, argumentando comentarios previos de la jurista en redes sociales que podrían comprometer su imparcialidad. Tan sólo este 2026, la SCJN resolvió nueve juicios fiscales vinculados a Grupo Salinas, que resultaron contrarios a los intereses reclamados por el empresario y su corporativos y/o empresas, confirmando créditos fiscales por casi 49 mil millones de pesos.
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